Jalisco es el primer estado que cuenta con una ley de edificios cardioprotegidos. En Junio de 2014 la Comisión de Higiene y Salud Pública LX Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco presentó un decreto para adicionar el Artículo 78 bis a la ley Estatal de Salud, con el fin de que considere acción de salud pública la obligación de que todo edificio público o privado que genere concentraciones de más de 500 personas en concurrencia deberá contar con número determinado de desfibriladores externos automáticos.
Con el propósito de incidir en la reducción de muertes por infarto al corazón, el SAMU capacita constantemente a empleados de lugares con una concentración mayor a 500 personas, así como hospitales, plazas y teatros además de concientizarlos de contar con un Desfibrilador Externo Automático. Al cumplir estos requisitos el edificio adquiere el certificado de cardioprotegido.
La importancia de contar con un DEA radica en la oportunidad de atender a la persona que esta sufriendo un ataque al corazón en los primeros minutos a través de maniobras para mantener la circulación y oxigenación cerebral y coronaria en un paciente con para cario-respiratorio y/o muerte súbita.